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Título: EXPROPIACION INMUEBLE CIUDAD DE BELEN - DESTINADO A SEDE SOCIAL "ATENEO JOSE INGENIEROS"
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Set. 1964
Fecha de publicacion: 11 Dic. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la Ciudad de Belén, registrado en la Dirección Provincial de Catastro bajo Padrón Nº 859 y que comprende el lote 7, de la manzana 23 y cuyos linderos son: Norte, Nieves G. de Barrionuevo; Sud, Manuel Acosta de Díaz; Este, calle Lavalle y Oeste, Sucesión Aurora de Chávez. El inmueble posee 622,50 metros cuadrados y está avaluado en $ 8.800 Moneda Nacional.
ARTICULO 2.- El inmueble cuya expropiación se dispone por el Artículo anterior será donado a título gratuito y libre de todo gravamen al "Ateneo José Ingenieros" de la ciudad de Belén, y deberá ser destinado a la construcción de su sede social quedando el beneficiario obligado en el lapso de cinco años a dar cumplimiento a los fines que motivan la donación. Caso contrario la misma quedará automáticamente anulada.
ARTICULO 3.- Oportunamente Escribanía de Gobierno extenderá la respectiva escritura traslativa de dominio.
ARTICULO 4.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO
Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):