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Título: EXPROPIACION DE INMUEBLES EN LA CIUDAD DE ANDALGALA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Julio 1970
Fecha de publicacion: 14 Ago. 1970
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad Pública y sujetos a expropiación los siguientes inmuebles ubicados en la Ciudad de Andalgalá, capital del departamento del mismo nombre, con las siguientes características y registraciones de la Dirección Provincial de Catastro:
1) Padrón N° 422, origen 407, inscripto a nombre de Cristino Teodulfo Molina avaluado en Pesos Ley 18.188 $ 996,52 baldío, corresponde al Lote N° 4 Manzana N° 29, sito en calle Bárcena s/N° con la superficie que resulte dentro de los siguientes linderos: Norte, María de Clérici; Sud, calle Bárcena; Este, Santiago Ricardo Larcher y Oeste, María de Clérici.
2) Padrón Nº 424, origen 410, inscripto a nombre de María Justa Molina de Clérici, avaluado en Pesos Ley 18.188 $ 608,17 baldío, corresponde al Lote Nº 2 Manzana 29, sito en calle Libertad s/Nº con la superficie que resulte dentro de los siguientes linderos: Norte, calle Libertad; Sud, Cristino Teodulfo Molina, Santiago Larcher, Suc. María J. Molina de Clérici; Este, calle San Martín y Santiago Larcher y Oeste, María Cristina Toledo, Emperatriz Alvarez, Hildaura Toledo y Alfredo Clérici.
ARTICULO 2.- A los efectos de esta Ley, se tendrán en cuenta las referencias y datos complementarios consignados en planos de la Delegación Andalgalá de la Dirección Provincial de Catastro, agregado a fs. 4 del Expte. M- 2182-70.
ARTICULO 3.- Los inmuebles afectados por esta Ley serán donados a la Municipalidad de la Ciudad de Andalgalá, para la construcción de una Estación Terminal de ómnibus.
ARTICULO 4.- Autorízase al señor Fiscal de Estado para promover las acciones legales que correspondan a fines de la presente.
ARTICULO 5.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a la Partida de Rentas Generales del Presupuesto vigente.
ARTICULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
FIRMANTES: BRIZUELA – NIEDERLE.
TITULAR DEL PEP: GENERAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA
Firmantes: BRIZUELA-Niederle
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):