Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 2375
  

 

Título: EXPROPIACION DE INMUEBLE

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 15 Dic. 1970

Fecha de publicacion: 29 Dic. 1970

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Ley 2375
EXPROPIACION DE INMUEBLE

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en el Distrito Cuartel 1º, Departamento Capital, Provincia de Catamarca, sito en calle Caseros Nº 1040/64, registrado bajo Padrón Nº 2873, inscripto a nombre de "Conferencia Vicentinas del Huerto",  con una superficie total de 3.105,75 m2; evaluado en $ 18.578,92 (Edificio $ 13.615,20 - Terreno $ 4.963,72), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, Luis Leiva y otros; Sud, 12, 18, 11, 10,  25 y 26; Este, Provincia de Catamarca y Oeste, calle Caseros, correspondiente al Lote 6, Manzana  Catastral Nº 111, sin antecedentes de títulos, el cual será  destinado a refacción y ampliación del edificio ocupado actualmente por la Casa Cuna.

ARTICULO 2.-  La erogación resultante será  atendida con la Partida Principal 2 - BIENES (21); del Anexo C, Item 11, Finalidad 7, Sección 1, Sector 4, la cual será  reforzada en la suma de $ 24.152,60, tomando los fondos del Item 8, Finalidad 7, Sección 1, Sector 7, Partida Principal 10, Partida Parcial 5, Partida Subparcial 2 - Subsidio y subvenciones, del presupuesto vigente.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.    

FIRMANTES: BRIZUELA  - SELEBAN – CEBALLOS.                                
TITULAR DEL PEP: GENERAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA

 

Firmantes: BRIZUELA-Sélébam-Ceballos

Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 104/1970

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