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Título: COOPERATIVA TELEFONICA SANTA MARIA - DONASE TERRENO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 25 Feb. 1971
Fecha de publicacion: 5 Marzo 1971
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ARTICULO 1.- Dónase a la COOPERATIVA TELEFONICA SANTA MARIA LIMITADA de la Ciudad de Santa María, la fracción de terreno de propiedad del Estado Provincial que más abajo se indica, a saber:
PADRON: 843 - Origen P-281-Lote: 8 - Manzana Catastral Nº 26.
UBICACION: Departamento Santa María - Distrito del mismo nombre.
LINDEROS Y MEDIDAS: Norte: Florencio Giménez, 60,10 m,; Sud: Calle A. Giménez, 60,60 m.; Este: Juan Rasgido, 7,65 m. y Oeste: Calle Belgrano, 7,70 m.
SUPERFICIE: 1.553,76 m2.
Registrada a nombre de: Estado Provincial, según escritura publica Nº 12 del 8 de Abril de 1956 - Escribano Dn. A. Medina.
ARTICULO 2.- Si el donatario cambiase dentro del termino de DIEZ (10) AÑOS, el destino para instalación y funcionamiento de la Central Automática de Teléfonos que se le asigna al inmueble donado, el bien objeto de la donación revertirá automáticamente al patrimonio del Estado.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.-
FIRMANTES: BRIZUELA - VILLAFUERTE.
TITULAR PEP: GENERAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA
Firmantes: BRIZUELA-Ceballos
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):