Inicio / Decreto Ley
Título: IMPUESTO PARA EL FOMENTO AL TURISMO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 10 Dic. 1971
Fecha de publicacion: 31 Dic. 1971
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Fíjase en la suma de Diez (10) Pesos el mínimo a tributar en el impuesto para el fomento del Turismo, establecido en el Titulo V del Código Fiscal y en Capitulo V de la Ley Impositiva, incorporado por la Ley N° 2346. La precedente disposición será aplicable solo a los contribuyentes mencionados en la segunda parte del artículo 185, a partir del ejercicio fiscal en curso.
ARTICULO 2.- Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Oficial y Archívese.-
FIRMANTES: PERNASETTI – CASAS NOBLEGA.
Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):