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Título: DONACION DE TERRENOS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 31 Dic. 1971
Fecha de publicacion: 31 Dic. 1971
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ARTICULO 1.- Déjase sin efecto la donación efectuada a favor del Señor PEDRO DARDO GARRIBIA del Lote 82, Padrón 16.023, mediante disposiciones contenidas en el Artículo 2º de la Ley Nº 2347 de fecha 2 de junio de 1.970.
ARTICULO 2.- Dónase a favor de sus actuales ocupantes, conforme a la subdivisión practicada por la Dirección Provincial de Catastro, los predios de propiedad del Estado Provincial que más abajo se consignan, a saber:
A FAVOR DE: PEDRO DARDO GARRIBIA.
PADRON: 16.023 - Origen: Pte. 13394 - Lote 3 - Manzana 985 - Departamento Capital - Distrito: Cuartel IV.
LINDEROS: Norte: Estado Provincial (María N. Romero). 34,20 m, Sud: María I. Aguilar. 34,30 m, Este: Calle Máximo Victoria. 7,50 m, Oeste: José‚ Lídoro Narvaez y M. C. Luna. 9,00 m ,
VALUACION: $ 178,76, SUPERFICIE: 282,53 m2.
A FAVOR DE: MARIA NICOLASA ROMERO.
PADRON: 20.917 - Origen: S.I. - Lote 9 - Manzana 985 - Departamento Capital - Distrito: Cuartel IV.
LINDEROS: Norte: M.F. Mota de Leiva. 33,00 m, Sud: Estado Provincial (Pedro D. Garribia). 34,20 m, Este: Calle Máximo Victoria. 3,80 y 7,15 m Oeste: Martín Clementino Luna. 10,15 m,
VALUACION: $ 216,21,
SUPERFICIE:350,93 m2.
Los predios donados se destinarán a vivienda propia, las que ya se encuentran construidas en los mismos.
ARTICULO 2.- Comuníquese, Publíquese, dése la Registro Oficial y Archívese.-
FIRMANTES: PERNASETTI –CASAS NOBLEGA.
Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):