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Título: DIRECCION PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL - SU CREACION
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 31 Dic. 1971
Fecha de publicacion: 31 Dic. 1971
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ARTICULO 1° — Créase, dependiente del Ministerio de Gobierno, la Dirección Provincial de Defensa Civil, en substitución de la actual Junta Provincial de Defensa Civil, cuya actuación se ajustará a las disposiciones de la Ley Nacional N° 17.192, Decreto Reglamentario N° 8432/68, y demás normas e instrucciones que al respecto imparta el Ministerio de Defensa de la Nación.
ARTICULO 2° — Los bienes que integran el patrimonio de la actual Junta Provincial de Defensa Civil, personal y otras previsiones presupuestarias, pasarán a integrar los recursos y cuadros administrativos de la Dirección Provincial de Defensa Civil, cuya estructura orgánica-funcional se ajustará en un todo a lo determinado por el Ministerio de Defensa.
ARTICULO3° — Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente Ley.
ARTICULO4° — Comuniqúese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
FIRMANTES: PERNASETTI
Firmantes: PERNASETTI
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
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