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Título: DIRECCION PROVINCIAL DE MUNICIPALIDADES — MODIFICASE ARTICULO 1° DE LA LEY 2454
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 19 Dic. 1972
Fecha de publicacion: 29 Dic. 1972
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ARTICULO 1.- Modificase el Artículo 1 de la Ley Nº 2454 de fecha 28 de abril del año 1.972, únicamente a lo referente a los datos catastrales - actualizados- de la fracción de terreno donado al Estado Nacional (Secretaría de Estado de Comunicaciones) por efecto de la citada Ley, los cuales se ajustan al siguiente detalle:
PADRON: 9468 - Origen Pte. 9017 - Lote. . . Sección "B"
UBICACION: Distrito Saújil – Departamento Pomán
LINDEROS: MEDIDAS:
Norte: Calle Nieva de Castillo 18,05 m.
Sud: Municipalidad de Saújil (P-0017) 12,02 m. Este: Estado Provincial (Hospital) 25,00 m. 25,00 m.
Oeste: Estado Provincial (Mercado) 25,00 m. SUPERFICIE: 450,54 m2 s/mensura.
PROPIETARIO: Municipalidad de Saújil.
DOMINIO: Le corresponde mediante escritura pública Nº 42 de fecha: 27/ XI/ 1969 otorgada por el escribano de gobierno Señor Armando Medina.
VALUACION: $ 450,54 (Cuatrocientos cincuenta pesos con cincuenta y cuatro centavos).
ARTICULO 2.- Pase a conocimiento de Fiscalía de Estado, Escribanía de Gobierno; Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos y Dirección Provincial de Municipalidades.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PERNASETTI-Mammana
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):