Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Ley

Ley
    

  
Detalle de Ley 1673
  

 

Título: Expropiase un terreno que será destinado a la urbanización del pueblo de San Pedro - Dpto. Santa Rosa

Estado: Derogada

Fecha de sanción: 18 Enero 1955

Fecha de publicacion: 15 Feb. 1955

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY Nº 1673
EXPROPIACION DE TERRENO EN SAN PEDRO –DPTO STA. ROSA- PARA URBANIZACIO

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, una fracción de terreno ubicada en la Localidad de San Pedro, Departamento Santa Rosa de esta Provincia y dentro de los siguientes linderos: tomando como referencia el paso nivel Sur del Ferrocarril Gral. Belgrano, CIENTO CINCUENTA (150) metros al Sur y SETECIENTOS (700) metros al Oeste, limitando; al norte, con la sucesión de Segundo Romano; al Sur, con la sucesión de Dominga Avila de Achetto; al Oeste con las mismas sucesiones; totalizando una superficie de CINCUENTA Y NUEVE Y MEDIA (59 1/2) hectáreas, es decir 595.000 metros cuadrados.

ARTÍCULO 2.- Exceptúase de la presente expropiación, los terrenos correspondientes al Ferrocarril General Belgrano y dentro de los siguientes linderos: 580 metros de Sur a Norte y 25 metros de Este a Oeste.

ARTICULO 3.- El terreno expropiado será destinado a la urbanización del pueblo de San Pedro, Departamento Santa Rosa, quedando el Poder Ejecutivo de la provincia, facultado para efectuar el correspondiente loteo y reglamentación respectiva, como asimismo disponer la forma en que los terrenos, una vez parcelados, serán entregados a los habitantes de este pueblo.

ARTICULO 4. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales hasta tanto se incluya e la Ley de Presupuesto. ARTICULO 5.- Comuníquese, etc.

FIRMANTES: CALDELARI, CASTELLANOS, DE LA BARRERA, DIMAS GARCIA TITULAR DEL P.E. ARMANDO CASAS NOBLEGAS. DECRETO DE PROMULGACIÓN: Nº 93 (27/01/55)

 

Firmantes: DE LA BARRERA-Castellanos-Caldelari- Dimas Garcia

Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin 13/1955

  • No hay información

  • Sin temas relacionados

  • Sin información

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados


Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para esta Ley, envianos tu comentario: