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Título: Expropiase un terreno que será destinado a la urbanización del pueblo de San Pedro - Dpto. Santa Rosa
Estado: Derogada
Fecha de sanción: 18 Enero 1955
Fecha de publicacion: 15 Feb. 1955
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, una fracción de terreno ubicada en la Localidad de San Pedro, Departamento Santa Rosa de esta Provincia y dentro de los siguientes linderos: tomando como referencia el paso nivel Sur del Ferrocarril Gral. Belgrano, CIENTO CINCUENTA (150) metros al Sur y SETECIENTOS (700) metros al Oeste, limitando; al norte, con la sucesión de Segundo Romano; al Sur, con la sucesión de Dominga Avila de Achetto; al Oeste con las mismas sucesiones; totalizando una superficie de CINCUENTA Y NUEVE Y MEDIA (59 1/2) hectáreas, es decir 595.000 metros cuadrados.
ARTÍCULO 2.- Exceptúase de la presente expropiación, los terrenos correspondientes al Ferrocarril General Belgrano y dentro de los siguientes linderos: 580 metros de Sur a Norte y 25 metros de Este a Oeste.
ARTICULO 3.- El terreno expropiado será destinado a la urbanización del pueblo de San Pedro, Departamento Santa Rosa, quedando el Poder Ejecutivo de la provincia, facultado para efectuar el correspondiente loteo y reglamentación respectiva, como asimismo disponer la forma en que los terrenos, una vez parcelados, serán entregados a los habitantes de este pueblo.
ARTICULO 4. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales hasta tanto se incluya e la Ley de Presupuesto. ARTICULO 5.- Comuníquese, etc.
FIRMANTES: CALDELARI, CASTELLANOS, DE LA BARRERA, DIMAS GARCIA TITULAR DEL P.E. ARMANDO CASAS NOBLEGAS. DECRETO DE PROMULGACIÓN: Nº 93 (27/01/55)
Firmantes: DE LA BARRERA-Castellanos-Caldelari- Dimas Garcia
Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):