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Título: Modificando el art 36° de la Ley de Creacion del Banco de Catamarca
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 30 Junio 1955
Fecha de publicacion: 12 Julio 1955
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Modifícase la Ley de la Provincia Nº 1090 de creación del Banco de Catamarca, en su artículo 36, inc. c) que queda redactado en la siguiente forma: "c) El que desempeñe cargo, empleo o comisión rentados de carácter nacional, de cualquier naturaleza que sea, con excepción de los cargos docentes y los de representación gremial bancaria".
ARTICULO 2.- Comuníquese, etc.
Firmantes: DE LA BARRERA – ROJAS CANO – CASTELLANOS – AMUCHASTEGUI
Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):