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Título: LEY Nº 1684 INVERSIÓN DEL SALDO DEL EJERCICIO 1954 EN ADQUISICIÓN DE MUEBLES PARA LEGISLADORES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 12 Julio 1955
Fecha de publicacion: 19 Julio 1955
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase a la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia para invertir el saldo de los fondos del presupuesto propio de dicha Cámara, ejercicio de 1954, saldo que importa $ 19.791,58 m/n, en la adquisición de medallas credenciales para los legisladores incorporados el 1° de Mayo p. pdo. en su seno.
ARTÍCULO 2.- El saldo que resultara después de dicha inversión se destinará a la adquisición de mobiliario para el recinto de la H. Cámara. ARTICULO 3- Las precedentes inversiones se ordenarán por decretos de la Presidencia de la H. Cámara, los que deberán comunicarse oportunamente a la Contaduría General de la Provincia.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: DE LA BARRERA – CALDERLARI – CASTELLANOS– AMUCHASTEGUI
Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):