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Título: LEY 2603 EXPROPIACION DE TERRENOS EN EL DISTRITO PLAZA - DPTO. ANDALGALA , PARA CONSTRUCCION DE BARRIO DE VIVIENDAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 12 Set. 1973
Fecha de publicacion: 23 Nov. 1973
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
El Senado y Cámara de Diputados de la
Provincia da Catamarca, Sancionan
con Fuerza de
L E Y :
Art. 1°.- Declárase de utilidad pública a efectos de su expropiación, las fracciones de terrenos ubicadas en el Distrito Plaza -
Departamento Andalgalá, de esta Provincia, cuyas características Son:
PROPIETARIOS: Avelino Alvarez y Ramón Ponce de León.
PADRONES: 310 - Lote 49 - Sección I/C - 226-Lote 48- Sección 1-C y L E
SUPERFICIE: 19.281,27 m2.
LINDEROS: Norte: Adolfo Anselmo Dorado Segura, Catalina M. de Sachetti de Mazucco; Sud: Pastor Bellido y María Amelia Stella de Alvarez; Este: Calle Pública y Oeste: Pastor Bellido, Santos Bambicha, Andrónico Morales, Clara Méndez, Octavio Augusto Navarro Peñalba, Manuel Araya, Ramón Saracho, Diego Martín Colina y Calle Pública.
Art. 2°.- E n los terrenos expropiados según el artículo precedente, el Instituto Provincial de la Vivienda, construirá un barrio de 40 viviendas económicas, con fondos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).
Art. 3°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A DOCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
Firmantes: MACEDO-DE LA BARRERA-Savio-Oviedo
Gestión: Hugo Alberto Mott (Gestion 1973-1976)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):