Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4948
  

 

Título: OTORGASE PENSION VITALICIA AL SR. HUGO RAFAEL SOTO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 13 Ago. 1998

Fecha de publicacion: 8 Set. 1998

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Ley N° 4948 - Decreto N° 1325
OTORGASE PENSION VITALICIA AL SR. HUGO RAFAEL SOTO

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Otórgase una pensión graciable con carácter vitalicio al Campeón Mundial de Boxeo, señor Hugo Rafael Soto, D.N.I. N° 18.432.326, domiciliado en el Barrio «Los Ceibos», calle Los Tulipanes, casa N° 235, de la ciudad Capital de la provincia de Catamarca a partir de la promulgación de la presente ley, en reconocimiento a los lauros obtenidos en su carrera deportiva.-

ARTICULO 2°.- El monto de la Pensión referida en Artículo Primero será el equivalente a la remuneración del cien por ciento (100%) de lo que corresponde a la categoría veinticuatro (24) del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, y se hará efectiva mensualmente.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-

 

Firmantes: HERNANDEZ-SEGURA-Nieva-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)

Observaciones:

   
Complementos

 

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