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Título: OTORGASE PENSION VITALICIA AL SR. HUGO RAFAEL SOTO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 13 Ago. 1998
Fecha de publicacion: 8 Set. 1998
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Otórgase una pensión graciable con carácter vitalicio al Campeón Mundial de Boxeo, señor Hugo Rafael Soto, D.N.I. N° 18.432.326, domiciliado en el Barrio «Los Ceibos», calle Los Tulipanes, casa N° 235, de la ciudad Capital de la provincia de Catamarca a partir de la promulgación de la presente ley, en reconocimiento a los lauros obtenidos en su carrera deportiva.-
ARTICULO 2°.- El monto de la Pensión referida en Artículo Primero será el equivalente a la remuneración del cien por ciento (100%) de lo que corresponde a la categoría veinticuatro (24) del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, y se hará efectiva mensualmente.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
Firmantes: HERNANDEZ-SEGURA-Nieva-Altamirano
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):