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Detalle de Ley 4679
  

 

Título: FACULTASE AL JEFE DE POLICIA A PARTIR DE LA FECHA Y POR 30 DIAS PARA DISPONER DE CAMBIOS Y ESCALAFONES DEL PERSONAL POLICIAL

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 28 Nov. 1991

Fecha de publicacion: 10 Dic. 1991

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Decreto Ley Nº 4679
FACULTASE AL JEFE DE POLICIA A PARTIR DE LA FECHA Y POR 30 DIAS PARA DISPONER DE CAMBIOS Y ESCALAFONES DEL PERSONAL POLICIAL

El Interventor Federal de la Provincia de Catamarca
Sanciona y Promulga con Fuerza de
LEY:

ARTICULO 1.- Facúltase al Jefe de Policía de Catamarca, a partir del día de la fecha y por el término de Treinta (30) días, para disponer todos aquellos cambios de Cuerpos y Escalafones necesarios para regularizar la situación del personal policial encuadrándolo en las disposiciones contenidas en el Título I, Capítulo III “Agrupamiento del Personal” de la Ley del Personal Policial Nº 2444/72 y Modificatorias y en particular el artículo 20º del mencionado Capítulo, normalizando en forma definitiva a la ubicación del personal policial en actividad.

ARTICULO 2.- Las facultades mencionadas en el Artículo precedente se confieren por única vez y con carácter de excepción.

ARTICULO 3.- Tome conocimiento a sus efectos: Jefatura de Policía.

ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: PROL-Vacchiano

Gestión: Luis Prol (Gestion 1991-1991)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 99/1991

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