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Título: MODIFICASE ARTICULO 1 DEL PRESUPUESTO – LEY 1971.
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 11 Nov. 1960
Fecha de publicacion: 27 Dic. 1960
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Articulo 1 de la Ley 1971, en la forma siguiente: "ARTICULO 1.- Fijase el Presupuesto de Gastos de la Administración Central y Reparticiones Descentralizadas, incluídos los Aportes y Contribuciones del Estado, para el año 1960, a cubrir con Recursos Ordinarios y Extraordinarios en la suma de SETECIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUARENTA Y UN PESOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 770.540.041,96) MONEDA NACIONAL, que resuelta las modificaciones que se establecen por la presente a la Ley mencionada, cuyo detalle se indica a continuación, a saber.
ARTÍCULO 2.- Modificase el Articulo 2 de la Ley 1971, en la forma siguiente:
"ARTICULO 2.- El Presupuesto de Gastos a que se refiere el Articulo anterior, será cubierto con los recursos siguientes.
ARTICULO 3.- Incluyese a los Odontólogos, Doctores en Bioquímica y Químicos Farmacéuticos, entre los profesionales comprendidos en los beneficios establecidos por el Artículo 8 apartado a) de la Ley1971.
ARTICULO 4.- Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer el ordenamiento de la Ley 1971, de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración General de la Provincia, de conformidad con las prescripciones de la presente Ley, quedando sin efecto toda otra disposición que se oponga a la misma.
ARTICULO 5.-De forma.
FIRMANTES: BUSTAMANTE – GARCIA – SOMMARO – TOLEDO
DECRETO PROMULGACION: N° 3404 (15/11/60)
TITULAR DE P.E.: JUAN MANUEL SALAS
VER PLANILLA ANEXA EN PAGINA 2296 A 2312 BOLETIN OFICIAL Nº 104/60.
Firmantes: BUSTAMANTE-GARCIA-Sommaro-Toledo
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):