Inicio / Ley
Título: ESCUELA EN SANTO DOMINGO – LA PAZ – DISPONESE CONSTRUCCION EDIFICIO ESCOLAR
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Oct. 1984
Fecha de publicacion: 7 Dic. 1984
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dispónese la construcción de un edificio escolar, en la Localidad de Santo Domingo, en el Departamento La Paz.
ARTICULO 2.- La obra se ejecutará en el predio, parte de mayor extensión donado por la firma INTEMA S.A. al Estado Provincial y que se encuentra determinado en el croquis de ubicación “anexo I" y que forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 3.- La Dirección Provincial de Catastro practicará las operaciones de mensura del terreno a que hace mención el Artículo Segundo, previa aceptación por el Poder Ejecutivo Provincial de la donación que se adjunta como “Anexo II” y que forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 4.- Dispónese que el Consejo General de Educación de la Provincia realice los estudios y acciones conducentes a la concentración en el nuevo edificio de las escuelas rurales Nros. 421 y 390, bajo el régimen de doble escolaridad.
ARTICULO 5.- Los gastos que demanden la presente obra se solventarán con los bienes muebles e inmuebles donados, previa la aceptación que determina el Artículo Tercero y de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 6.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Firmantes: MORAN-ROSALES-Marcolli-Varela de Toloza
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):