Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 3015
  

 

Título: CONSTRUCCION DE CAMINO ENTRE RIO DE AVILA Y OYOLA, DEPTO. EL ALTO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 4 Nov. 1974

Fecha de publicacion: 30 Enero 1976

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Ley 3015 - Decreto 4594
CONSTRUCCION DE CAMINO ENTRE RIO DE AVILA Y OYOLA, DEPTO. EL ALTO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Dispónese que el Poder Ejecutivo de la Provincia, por intermedio de la Dirección Provincial de Vialidad, proceda a la construcción de un tramo de camino de siete (7) kilómetros de longitud que unirá las poblaciones del Río de Avila y Oyola – Departamento El Alto, que prolongará el Camino Vecinal que nace en el Distrito Guayamba del mismo Departamento, para empalmar con el camino de Vilismán que a su vez entronca con la Ruta Nacional que conduce a Frías en la Provincia de Santiago del Estero.

ARTICULO 2.- Los organismos estatales que deban intervenir en la confección del proyecto, planos y demás detalles referentes a esta obra, concederán carácter prioritario a la misma dada la importancia que reviste.

ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de las Partidas Ordinarias, Especiales y Extraordinarias del Presupuesto General de la Provincia, para el año 1975.

ARTICULO 4.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO

 

Firmantes: SAADI-CORPACCI-Savio-Oviedo

Gestión: Hugo Alberto Mott (Gestion 1973-1976)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 9/1976

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