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Detalle de Decreto Ley 3099
  

 

Título: MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL- EJERCICIO DE FUNCIONES DEL SEÑOR INTENDENTE INHERENTES AL CONCEJO DELIBERANTE - EXCEPCIONES

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 4 Junio 1976

Fecha de publicacion: 15 Junio 1976

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DecretoLey 3099
MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL- EJERCICIO DE FUNCIONES DEL SEÑOR INTENDENTE INHERENTES AL CONCEJO DELIBERANTE - EXCEPCIONES


ARTICULO 1.- El Intendente Municipal de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, además de las funciones que originariamente le competen, ejercerá todas aquellas que las disposiciones legales en vigencia otorgan al Concejo Deliberante, con excepción de las siguientes:
a) Sanción o modificación de las Ordenanzas fiscal y tarifaria;
b) Sanción del Presupuesto general de gastos, o modificaciones de éste que importen aumentos de erogaciones en vigor, a excepción de las que se produzcan como consecuencia de la reestructuración de cuentas de los mismos;
c) Pronunciamiento sobre órdenes de pago observadas por Contaduría General o por el Tribunal de Cuentas;
d) Sanción o reforma de regímenes básicos de contrataciones, incluido el aplicable para la contratación de obras publicas;
e) Examen, aprobación o rechazo de las cuentas de inversión del presupuesto municipal;
f) Contracción de empréstitos;
g) Sanción o reforma de regímenes básicos para el personal municipal en materia de estabilidad, derechos, obligaciones y disciplina, o sobre retribuciones y previsión social;
h) Otorgamiento de concesiones de servicios públicos municipales, a excepción de lo que se hiciere por licitación pública;
i) Otorgar excepciones de tasas municipales por prestación de servicios, aún cuando estuviesen previstas en la Ordenanza Impositiva;
j) Enajenar bienes inmuebles, salvo los que se efectúen por licitación pública.
Las decisiones sobre los asuntos comprendidos en la enumeración precedente, serán de competencia del Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno.

ARTICULO 2.- En caso de vacancia del cargo, ausencia o impedimento del Intendente Municipal de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, éste será interinamente reemplazado por el Secretario General de la Municipalidad.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívase.

 

Firmantes: CARLUCCI-Donovan

Gestión: Jorge Carlucci (Gestion 1976-1978)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 48/1976

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