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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN ESTANQUE EN CAPAYAN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 22 Set. 1959
Fecha de publicacion: 20 Nov. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que por intermedio del o de los organismos del gobierno respectivos, realice la construcción de un estanque, con capacidad adecuada para almacenar; durante catorce horas, el caudal del agua de la población, en el Distrito de Capayán, Departamento del mismo nombre.
ARTICULO 2.- Los fondos que requiera el cumplimiento de la presente Ley, serán tomados de Rentas Generales con imputación a la misma hasta que sean incluidos en el Plan de Obras, Trabajos y Servicios Públicos.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: SOMMARO-CLAVERIE-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):