Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1886
  

 

Título: SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA – SU CREACION

Estado: Derogada

Fecha de sanción: 28 Julio 1959

Fecha de publicacion: 20 Oct. 1959

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LEY 1886 - Decreto 2027/1959
SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA – SU CREACION

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créase la Secretaría Electoral de la Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno.

ARTICULO 2.- La Secretaría Electoral tendrá a su cargo, debidamente clasificado, el material necesario que requieren los actos eleccionarios.

ARTICULO 3.- El mismo organismo administrativo secundará a la Junta Escrutadora de la Provincia cuando se constituya para cumplimentar las convocatorias a elecciones provinciales y funcionarán con un Secretario y dos Auxiliares.

ARTICULO 4.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma y hasta tanto se incluya en Ley de Presupuesto.

ARTICULO 5.- De forma.

 

Firmantes: SOMMARO-SALAS-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 84/1959

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