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Título: DIFUNDIR LA LÍNEA TELEFÓNICA 102 -SERVICIO DE ASISTENCIA TELEFÓNICA, GRATUITA, CONFIDENCIAL Y DE CONTENCIÓN PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES - EN BOLETAS DE SERVICIOS Y DE IMPUESTOS PROVINCIALES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 8 Junio 2023
Fecha de publicacion: 11 Julio 2023
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTÍCULO 1°.- Difúndase la línea telefónica 102 «Servicio de Asistencia Telefónica Gratuita, Confidencial y de Contención para Niños, Niñas y Adolescentes», en boletas de servicios y de impuestos provinciales, sea en la modalidad papel como en la forma digital de las mismas y en las cartelerías que anuncian obras públicas.
ARTÍCULO 2°.- Invítase a las empresas que proveen algún servicio como telefonía, televisión por cable, internet entre otras a adherir a la presente norma.
ARTÍCULO 3°.- Será autoridad de aplicación la Secretaría de Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, y el Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
Registrada con el Nº 5802
Firmantes: Gutiérrez-Guerrero García-Ferreyra-Cristal
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):