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Título: DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL, HISTÓRICO, PAISAJÍSTICO Y TURÍSTICO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, AL TRAMO DE CABLE CARRIL QUE SE EXTIENDE DESDE EL DISTRITO MINAS CAPILLITAS HASTA EL PARAJE INGENIO DE MUSCHACA Y SU ENTORNO, HASTA EL PARQUE HISTÓRICO MINERO DE MUSCHACA, DEPARTAMENTO ANDALGALÁ
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 30 Nov. 2023
Fecha de publicacion: 29 Dic. 2023
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Declarase Sitio Histórico de la Provincia de Catamarca, al tramo de Cable Carril que se extiende desde el distrito Minas Capillitas hasta el paraje Ingenio de Muschaca, y su entorno, hasta el Parque Histórico de Muschaca, Departamento Andalgalá.
ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo procederá a adoptar las medidas necesarias a efectos de cumplimentar con las prescripciones de la Ley N° 4831, de Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la Provincia.
ARTÍCULO 3°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
Registrada con el Nº 5826
Firmantes: FERNANDEZ-GUERRERO GARCIA-Dre-Cristal
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):