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Detalle de Ley 5855
  

 

Título: ESTABLECER QUE LOS AVISOS PUBLICADOS POR INMOBILIARIAS Y/O CORREDORES INMOBILIARIOS QUE PROMUEVAN U OFERTEN OPERACIONES INMOBILIARIAS, DEBERÁN CONTENER INFORMACIÓN PRECISA, ACERCA DE LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES FÍSICAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 4 Julio 2024

Fecha de publicacion: 13 Ago. 2024

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Ley N° 5855 – Decreto N° 789
ESTABLECER QUE LOS AVISOS PUBLICADOS POR INMOBILIARIAS Y/O CORREDORES INMOBILIARIOS QUE PROMUEVAN U OFERTEN OPERACIONES INMOBILIARIAS, DEBERÁN CONTENER INFORMACIÓN PRECISA, ACERCA DE LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES FÍSICAS

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los avisos publicados por inmobiliarias y/o corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico, digital o informático, que promuevan u oferten operaciones inmobiliarias, deberán contener información precisa, acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.

ARTÍCULO 2°.- Los avisos mencionados en el Artículo 1° incluirán indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra «accesible».

ARTÍCULO 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la que determine el Poder Ejecutivo Provincial.

ARTÍCULO 4°.- Las violaciones a las disposiciones de la presente Ley, serán sancionadas con multas dispuestas por la autoridad de aplicación.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que, el Poder Ejecutivo Provincial implemente las acciones pertinentes para su adecuada aplicación a partir de la fecha de su promulgación.

ARTÍCULO 6°.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

Registrada con el N° 5855

 

 

Firmantes: GUTIERREZ-FEDELI-Dre-Cristal

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-

Observaciones:

   
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