Inicio / Ley
Título: DISPÓNESE EN EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, LA INCORPORACIÓN DE HERRAMIENTAS TÉCNICAS Y/O MÉTODOS DE DETECCIÓN TEMPRANA DE TRASTORNOS COGNITIVOS, EN EL MARCO DE LA CONSULTA DE ATENCIÓN PRIMARIA PARA TODAS AQUELLAS PERSONAS MAYORES DE CINCUENTA Y CINCO (55) AÑOS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 10 Set. 2024
Fecha de publicacion: 12 Nov. 2024
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Crease el Programa de Detección Temprana de Trastornos Cognitivos en el marco de la consulta de atención primaria para las personas mayores de cincuenta y cinco (55) años.
ARTÍCULO 2°.- Designase Autoridad de Aplicación al Ministerio de Salud o al organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 3°.- La autoridad de aplicación debe reglamentar la presente ley en un plazo de noventa (90) días correspondientes desde su promulgación.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese como ámbito prioritario de aplicación del presente programa tanto a sectores públicos como privados.
ARTÍCULO 5°.- De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Registrada con el N° 5872
Firmantes: GUTIERREZ-ARGERICH-Dre-Cristal
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):