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Título: Ley Nº 5883 – Decreto Nº 1175 INSTITÚYASE EL DÍA 6 DE AGOSTO DE CADA AÑO COMO DÍA PROVINCIAL DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTADO SECUNDARIO, EN MEMORIA DEL JOVEN CATAMARQUEÑO ANTONIO TAIRE
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 6 Nov. 2024
Fecha de publicacion: 6 Dic. 2024
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Institúyese el día 6 de agosto de cada año como Día Provincial de los Derechos del Estudiantado Secundario, en memoria del joven catamarqueño Antonio Taire.
ARTÍCULO 2°.- Promuévase en los establecimientos educativos de gestión pública y privada, la realización de las actividades de reflexión sobre la historia de Antonio Taire, y de información y concientización de los derechos estudiantiles.
ARTÍCULO 3°.- La Autoridad de Aplicación determinada para la presente Ley, debe publicar información sobre la historia de Antonio Taire y los derechos estudiantiles, a través de los distintos medios de comunicación, redes sociales y sitios oficiales del Estado Provincial.
ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la Autoridad de Aplicación de la presente Ley al momento de su reglamentación.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias de la presente Ley.
ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo Provincial debe reglamentar la presente Ley en el plazo máximo de noventa (90) días.
ARTÍCULO 7°.- Invítase a los Municipios con Carta Orgánica a adherir a la presente Ley.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Registrada con el Nº 5883
Firmantes: GUTIERREZ-FEDELI-Dre-Cristal
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):