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Título: DECLARASE DE INTERÉS PROVINCIAL LA EXPLOTACIÓN AGRARIA BAJO LOS MÉTODOS CONOCIDOS COMO «ECOLÓGICOS», «ORGÁNICA», «SUSTENTABLE O SOSTENIBLE» O «BIOLÓGICA»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Oct. 2005
Fecha de publicacion: 25 Oct. 2005
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ARTICULO 1.- Declárase de Interés Provincial la explotación agraria bajo los métodos conocidos como «Ecológicos», «Orgánica», «Sustentable o Sostenible» o «Biológica», llevados a cabo sobre el área agrícola - productiva provincial.
ARTICULO 2.- Serán tomados como modo de producción, con cualquiera de los nombres establecidos en el artículo 1 de la presente Ley, toda producción agrícola la que tenga como principio el mantenimiento en el tiempo de la calidad del sueldo o su mejoramiento por medios naturales excluyendo explícitamente la utilización de fertilizantes sintéticos, pesticidas y/o reguladores del crecimiento.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO DE PROMULGACION: N° 1790 (13/10/2005)
Firmantes: HERRERA-COLOMBO-Cangí-Zafe
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):