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Detalle de Ley 4872
  

 

Título: CREACIÓN DE JUZGADOS DEL TRABAJO DE 1ra. INSTANCIA DE 3ra. Y 4ta. NOMINACIÓN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 27 Dic. 1995

Fecha de publicacion: 12 Enero 1996

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Ley N° 4872 - Decreto Nº 15
CREACIÓN DE JUZGADOS DEL TRABAJO DE
1ra. INSTANCIA DE 3ra. Y 4ta. NOMINACIÓN

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créase los Juzgados del Trabajo de Primera Instancia, de Tercera y Cuarta Nominación, con asiento en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y jurisdicción en todo el territorio de la Provincia, con excepción de las fijadas por las Leyes 4075, 4476, 4738 y 4800.

ARTICULO 2.- La Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales reglamentará el funcionamiento de estos Juzgados.

ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo adoptará la previsiones presupuestarias necesarias para la implementación de lo dispuesto por la presente Ley.

ARTICULO 4.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.


 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

 

 

Firmantes: FADEL-SEGURA-Nieva-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)

Observaciones:

   
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