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Detalle de Ley 4718
  

 

Título: REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTESTACIÓN DE PEDIDOS DE INFORMES EFECTUADOS POR LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 15 Nov. 1992

Fecha de publicacion: 24 Nov. 1992

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Ley Nº 4718 – Decreto Nº 2654
REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTESTACIÓN DE PEDIDOS DE INFORMES EFECTUADOS POR LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Toda resolución emanada de alguna de las Cámaras Legislativas que Contenga un pedido de informe a los otros poderes del Estado será girado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su aprobación.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo o Judicial deberá informar dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la recepción al pedido de informe correspondiente. Si se considerare que existe imposibilidad de dar cumplimiento a la requisitoria en el término establecido, el Poder requerido solicitará dentro de los primeros siete (7) días, una prórroga del plazo.

ARTICULO 3.- El Presidente de la Cámara comunicará al autor del Proyecto o al Bloque Legislativo, en su caso, la fecha de recepción del pedido de informe.

ARTICULO 4.- El incumplimiento de los plazos fijados en la presente Ley hará pasible al responsable de las sanciones a que hubiere lugar.

ARTICULO 5.- Para el supuesto que las violaciones a los dispositivos la presente Ley sean llevados a cabo por empleados y funcionarios de la administración pública, las sanciones a aplicar serán dispuestas por el Decreto Reglamentario que el Ejecutivo dictará un plazo de treinta (30) días corridos.

ARTICULO 6.- Nota de Redacción: Art. 6º Vetado por Decreto de Promulgación Nº 2654/92

ARTICULO 7.- Comuníquese, publíquese y Archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS

 

 

 

Firmantes: HERNANDEZ-SARMIENTO-Oyarzo-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)

Observaciones:

   
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