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Detalle de Ley 4713
  

 

Título: EL PODER EJECUTIVO PROVEERÁ DE ATENCIÓN MÉDICA GRATUITA ESPECIALIZADA A ADOLESCENTES EMBARAZADAS SIN OBRA SOCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 1 Oct. 1992

Fecha de publicacion: 6 Nov. 1992

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Ley Nº 4713 - Decreto Nº 2604
EL PODER EJECUTIVO PROVEERÁ DE ATENCIÓN MÉDICA GRATUITA ESPECIALIZADA A ADOLESCENTES EMBARAZADAS SIN OBRA SOCIAL

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- El Poder Ejecutivo Provincial, proveerá atención médica gratuita especializada a las adolescentes embarazadas que no tengan cobertura de Obra Social, en todo el ámbito de la Provincia de Catamarca, promoviendo su atención prenatal, proveyendo suplementos nutricionales y vitamínicos y haciéndose cargo a todo lo relativo a su atención durante el parto y cesárea.

ARTICULO 2.- A tal fin, los hospitales públicos, las maternidades, las postas sanitarias y cualquier otro centro asistencial estatal, dispondrán de chequeras especiales y carnet de atención perinatal, con el objeto de efectuar un correcto seguimiento y control prenatal de las adolescentes embarazadas, atención que deberá ser reglamentada por el Departamento de Maternidad e Infancia.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese y Archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS

 

 

 

Firmantes: HERNANDEZ-ACUÑA-Oyarzo-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1991-1995)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 89/1992

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