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Detalle de Ley 4966
  

 

Título: RATIFICA CONVENIO SOBRE COPARTICIPACIÓN POR LA VENTA DE LA EMPRESA GAS DEL ESTADO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 23 Dic. 1998

Fecha de publicacion: 19 Enero 1999

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Ley Nº 4966 - Decreto Nº 02
RATIFICA CONVENIO SOBRE COPARTICIPACION
POR LA VENTA DE LA EMPRESA GAS DEL ESTADO

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Ratificase en todos sus términos el convenio de fecha 20 de julio de 1998, celebrado entre la provincia de Catamarca, representada por el Señor Gobernador de la Provincia y el Estado Nacional, representado por el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación, que como Anexo I forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- De forma

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTITRES
DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

 

 

 

Anexo I

CONVENIO

En la ciudad de Bueno Aires, a los 20 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho entre el Estado Nacional, representado por el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos Dr. Roque B. FERNANDEZ, y la Provincia de CATAMARCA representada en este acto por el Señor Gobernador Agr. Arnoldo Aníbal CASTILLO, y con el objeto de cancelar las acreencias de dicha jurisdicción que surge de la venta de activos, acciones y/o cánones por concesiones de bienes o zonas de la ex-empresa estatal Gas del Estado, se acuerda en celebrar el presente convenio, que consta de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El Gobierno Nacional se compromete a transferir a la Provincia en un plazo no mayor a 60 días desde la vigencia del presente convenio la suma de $ 2.831.547.- (PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE) en cumplimiento del Art. 82 de la ley 24.076, reglamentada por el Decreto 1.738/92. Dicho monto corresponde a la participación de la Provincia de lo ingresado en efectivo por el citado concepto de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa.

SEGUNDA: El Gobierno Provincial acepta el monto determinado en la Cláusula Primera y declara que una vez efectivizada la transferencia de dicha suma establecida en la misma, se compromete a no efectuar ningún reclamo judicial o administrativo, vinculado con la aplicación de dicha normativa, excepto que el Gobierno Nacional reconozca a otras Provincias un tratamiento más favorable.

TERCERA: En la medida en que se efectivice la venta de las acciones y remanentes del Estado Nacional en las unidades de negocio de distribución y/o transporte de gas y se regularice presupuestariamente la integración de la suma de $ 7.481.161,50.-, la participación de las Provincias en cumplimiento del artículo 82 de la Ley 24.076, será cancelada por el Estado Nacional conforme la metodología de cálculo aplicada en la cláusula 1era. del presente convenio.

CUARTA: El monto consignado en la Cláusula Primera se hará efectivo una vez que se cumplan los siguientes requisitos.
a) Aprobación del presente convenio en el ámbito del Gobierno Provincial a través de una norma sancionada por la Legislatura Provincial.
b) Ratificación del presente convenio a través de un Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

 

Dr. Roque B. Fernández

Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos

Arnoldo Anibal Castillo

Gobernador de Catamarca


Anexo II

PRIVATIZACION de la EX-EMPRESA GAS DEL ESTADO S.E., LEY 24076 ART. 82 de cálculo para determinar la participación de las Provincias y la C.B.A. - En Pesos

 

Ingresado al Tesoro                                                                                                        Monto

Ingresado del 28/12/92 por privatización Gas del Estado S.E.                                    24.687.894,8

Ingreso por Transportadora Gas del Sur 24/5/94 y 15/6/94                                            52.032.083,1

Ingreso por Metrogas S. A. 28/11/94                                                                            11.765.862,0

Ingreso por Transportadora Gas del Norte 27/7/95                                                       13.949.043,1

Ingreso por Transportadora Gas del Sur 25/11/96                                                        3.574.787,2

Ingreso por Metrogas 13/1/97                                                                                        851.303,1

Importe a distribuir                                                                                                    106.860.973,3

 

Distribución a la Provincia de: CATAMARCA

Indice de temperatura 2,559497                                                                                1.367.551,7

Indice de Coparticipación 2,74                                                                                1.463.995,3

TOTAL                                                                                                                    2.831.547,0


El ingreso del 28/12/92 esta neteado de ($ 7.481.161,50 ) los pagos efectuados en cumplimientos de convenios celebrados por Gas del Estado.

Una vez regularizado presupuestariamente será transferido a las jurisdicciones provinciales.

 

Firmantes: YADON-SEGURA-Fadel-Altamirano

Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1995-1999)

Observaciones:

   
Complementos

 

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