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Título: ADOPTASE ESCUDO COMO SÍMBOLO OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE TINOGASTA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 15 Ago. 1983
Fecha de publicacion: 8 Nov. 1983
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ARTICULO 1 - Autorízase a la Municipalidad de Tinogasta a adoptar como símbolo el Escudo cuyo diseño y heráldica pasan a formar parte de la presente Ley como Anexo I y II.
ARTICULO 2 - Declárase auténtico y oficial el diseño de la referencia, debiendo transcribirse en su reverso el contenido de esta disposición legal, previa autenticación por Escribanía de Gobierno.
ARTICULO 3 - Comuníquese a la Municipalidad de Tinogasta del contenido de la presente Ley, a fin de la sanción de la Ordenanza de adopción del Escudo a que alude el artículo primero.
ARTICULO 4 - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Los Anexos I y II no fueron publicados en el Boletín Oficial, para consulta en Dpto. Boletín Oficial
Firmantes: CASTILLO-Acevedo
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):