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Título: INSTITÚYASE FECHA DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE FIAMBALÁ - DEPARTAMENTO TINOGASTA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Oct. 2009
Fecha de publicacion: 8 Dic. 2009
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ARTICULO 1º.- Declárase el 2 (dos) de diciembre de 1.733 (Mil Setecientos Treinta y Tres) como fecha fundacional de la Ciudad de Fiambalá, Departamento Tinogasta, Provincia de Catamarca.
ARTICULO 2º.- Institúyase el día conmemorativo de la fundación de la ciudad de Fiambalá, Departamento Tinogasta, Provincia de Catamarca, el 2 (dos) de Diciembre.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Registrada con el Nº 5293
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-RIVERA-Calliero-Peralta
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):