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Título: RED RADIOELÉCTRICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Y GOBERNACIONES DE PROVINCIAS - ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 20.208
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 8 Mayo 1973
Fecha de publicacion: 5 Junio 1973
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 8 de Mayo de 1.973
VISTO:
La autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto Nº 717/71, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el Art. 9 del Estatuto de la Revolución Argentina.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Adhiérese el Gobierno de la Provincia de Catamarca, en todas sus partes a los términos de la Ley Nacional 20.208, relacionados con la prestación de servicios de la Red Radioeléctrica de la Presidencia de la Nación y Gobernaciones de Provincias.
ARTICULO 2.- La presente Ley será firmada por los señores Ministros de Gobierno, de Economía y de Bienestar Social.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PERNASETTI-DALLA LASTA-Casa Nóblega-Barrionuevo
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):