Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4374
  

 

Título: IMPLEMENTASE LA LIBRETA DE TRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO DOMESTICO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 11 Set. 1986

Fecha de publicacion: 4 Nov. 1986

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley Nº 4374 - Decreto Nº 2185
IMPLEMENTASE LA LIBRETA DE TRABAJO
PARA LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO DOMESTICO

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- La Dirección Provincial del Trabajo expedirá en forma gratuita la Libreta de Trabajo establecida por el Artículo 11 del Decreto Ley 326/56 con las características que la reglamentación determine.

ARTICULO 2.- A partir de los noventa (90) días de reglamentada la presente Ley, todos los empleados deberán munirse de esta Libreta de Trabajo. Los empleadores no podrán admitir a su servicio personas que carezcan de ella, teniendo la obligación de exigir el cumplimiento de lo establecido en este artículo, pesando sobre ellos el deber de iniciativa.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: MORAN-PIOVANO-Giordani-Rizo

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

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