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Detalle de Ley 5619
  

 

Título: DISPONESE SUBSIDIOS PARA MÚSICOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Nov. 2019

Fecha de publicacion: 6 Marzo 2020

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 5619 – Decreto N° 84
DISPONESE SUBSIDIOS PARA MUSICOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- El Poder Ejecutivo de la Provincia, a través de la Secretaría de Cultura, podrá disponer de una ayuda económica para los músicos y artistas inscriptos en el registro del organismo, considerando:
a) Que asistan con invitación oficial o como embajadores culturales en festivales provinciales, nacionales o internacionales;
b) A la evaluación de cada caso por la Secretaría de Cultura;
c) A la disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 2°.- Cuando la ayuda económica fuera concedida, la Secretaría de Cultura en coordinación con la Secretaría de Turismo, dotará al artista solicitante de los elementos de difusión de los lugares turísticos, como así también de los distintos eventos culturales, religiosos y deportivos que se desarrollen en nuestra Provincia.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande la presente Ley, se imputará a la partida presupuestaria disponible que tenga asignada la Secretaría de Cultura y Educación para esta finalidad.

ARTICULO 4°.- De forma.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

Registrada con el N° 5619

 

 

Firmantes: SOLÁ JAIS-JALIL-Kranevitter-Peralta

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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