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Título: ESTABLECESE EL DIA 20 DE OCTUBRE DE 1621, COMO HITO FUNDACIONAL DEL DEPARTAMENTO FRAY MAMERTO ESQUIU
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Nov. 2019
Fecha de publicacion: 11 Feb. 2020
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Establecer el día 20 de octubre de 1621 como «Hito Fundacional del departamento Fray Mamerto Esquiú», tomando como base la fecha de otorgamiento de la Merced de Allpatauca.
ARTICULO 2°.- Incorpórase el día 20 de octubre de 1621, al calendario de efemérides oficiales de la provincia de Catamarca.
ARTICULO 3°.- Delégase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a disponerlarealización de actividades alusivas a la fecha en todos los establecimientos escolares del Sistema Educativo del departamento Fray Mamerto Esquiú.
ARTICULO 4°.- Si en el Futuro nuevas investigaciones históricas que se pudiesen realizar, dieran una nueva fecha, ya sea de carácter fundacional o Hito fundacional, anterior a la mencionada en el artículo primero del presente instrumento, se adoptará a ésta en reemplazo de aquella.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Registrada con el N° 5620
Firmantes: SOLÁ JAIS-JALIL-Kranevitter-Peralta
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):