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Detalle de Ley 5607
  

 

Título: MODIFICASE EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 5210 EN RELACIÓN A LA EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN ISIDRO, DEPARTAMENTO VALLE VIEJO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 19 Set. 2019

Fecha de publicacion: 1 Nov. 2019

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 5607 – Decreto N° 2181
MODIFICASE EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 5210 EN RELACION A LA EXPROPIACION DE INMUEBLES UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN ISIDRO, DEPARTAMENTO VALLE VIEJO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

ARTICULO 1°.- Exclúyese de la declaración de utilidad pública con fines de la expropiación dispuesta por el artículo 1° de la ley N° 5210, al inmueble ubicado en la Localidad de San Isidro, Departamento Valle Viejo, identificado en la Administración General de Catastro bajo Matrícula Catastral: 16-25-07-3372, Dominio Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria bajo matrícula N° 6742, Folio Real Dpto. Valle Viejo, de titularidad de Cejas Pablo René DNI: 31.397.358, que tiene como antecedente de dominio a la Matrícula Folio Real N° 390, cuyos propietarios anteriores son los cónyuges Leiva, Luis Alberto DNI 13.604.042 y Leiva Nora Adriana DNI 18.060.764.

ARTICULO 2°.- Autorízase a Fiscalía de Estado de la Provincia, a realizar las presentaciones judiciales pertinentes en el correspondiente juicio de expropiación iniciado como consecuencia de la Ley 5210, que tramita ante el Juzgado Civil de Primera Instancia de Cuarta Nominación por Expediente N° 168/10, caratulado: «Estado Provincial C/Propietarios Desconocidos S/Expropiación», a fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1° de la presente Ley.

ARTICULO 3°.- De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

Registrada con el N° 5607

 


Anexo

 

Fecha de Sanción    30Mayo 2007    Decreto Reglamentación 0
Fecha Promulgación    27Junio 2007    Decreto Promulgación 892
Publicada en Boletín Oficial
Expropíanse inmuebles en el departamento Valle Viejo, con destino a la ampliación de la Escuela Especial N° 7 – San Francisco de Asís.-
Modificado por Modifica a
Tema    EDUCACION EXPROPIACIONES VALLE VIEJO
Extracto    Expropíanse inmuebles en el departamento Valle Viejo, con destino a la ampliación de la Escuela Especial N° 7 - San Francisco de Asís.-


EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, los siguientes inmuebles, ubicados en la localidad de San Isidro, Departamento Valle Viejo:
a) El identificado con Matrícula Catastral N° 16-25-07-3370, registrado en la Administración General de Catastro a nombre de Julio César Martínez e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria bajo el Folio N° 391/81.
Son sus linderos: Al Norte, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3571; al Sur, Calle Pública; al Este, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3372 y al Oeste, Parcelas Matrículas Catastrales N° 16-25-07-3569 y 16-25-07- 3367.
Son sus medidas lineales: al Norte, quince metros con setenta y dos centímetros (15,72 m.), al Sud, trece metros (13 m.); al Este, veinticuatro metros con cincuenta y dos centímetros (24,52 m.) y al Oeste, veinticuatro metros con noventa y cuatro centímetros (24,94 m.).
Tiene una superficie de trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados (358 m2).
b) El identificado con Matrícula Catastral N° 16-25-07-3372, registrado en la Administración General de Catastro a nombre de Julio César Martínez e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria bajo el Folio N° 391/81.
Son sus linderos: Al Norte, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3571; al Sur, Calle Pública; al Este, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3373 y al Oeste, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3370.
Son sus medidas lineales: al Norte, trece metros (13 m.), al Sud, trece metros (13 m.); al Este, veinticuatro metros con cincuenta y dos centímetros (24,52 m.) y al Oeste, veinticuatro metros con noventa y cuatro centímetros (24,94 m.).
Tiene una superficie de trescientos diecisiete metros cuadrados (317 m2).
c) EI identificado con Matrícula Catastral N° 16-25-07-3371, registrado en la Administración General de Catastro a nombre de Martha Astrain Martínez e inscripto en el Registro de la Propiedad inmobiliaria bajo el Folio N° 166/74. Son sus linderos: Al Norte, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3672; al Sur, Matrículas Catastrales N° 16-25-07-3370, 16-25-07-3372,16-25-07-3373 y 16-25-07-3374; al Este, Calle Pública y al Oeste, Parcela Matrícula Catastral N° 16-25-07-3569.
Son sus medidas lineales: al Norte, cuarenta y tres metros con ochenta y ocho centímetros (43,88 m.), al Sud, cuarenta y tres metros con veinticuatro centímetros (43,24 m.); al Este, catorce metros con catorce centímetros (14,14m.), al Oeste, once metros con catorce centímetros (11,14 m.).
Tiene una superficie de quinientos cuarenta y siete metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (547,85m2).

ARTICULO 2°.- Los inmuebles sujetos a expropiación serán destinados a la construcción de un Campo Deportivo, un Taller de Huerta y una Granja para la Escuela de Educación Especial N° 7 «San Francisco de Asís».

ARTICULO 3°.- Facúltase a Fiscalía de Estado y Asesoría General de Gobierno a realizar las gestiones legales y administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.


Prof. Victor Hugo Luna
Presidente Provisorio del Senado en ejercicio de la Presidencia
Cámara de Senadores

Néstor Nicolás Tomassi
Vicepresidente a/c Presidencia
Cámara de Diputados

CPN. Jorge Omar Zafe
Secretario Parlamentario
Cámara de Senadores

Dr. Héctor Cangi
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados


BOLETIN OFICIAL 88 01/11/2019

 

Firmantes: SOLÁ JAIS-JALIL-Kranevitter-Peralta

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)

Observaciones: Modificase de la Ley Provincial N°5210 lo siguiente: Modificase el Art. 1°

   
Complementos

 

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