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Título: MUNICIPALIDADES DÉ PRIMERA CATEGORIA - MODIFICANSE LOS ARTICULOS 1º Y 2º DE LA LEY Nº 3617/80
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 18 Nov. 1980
Fecha de publicacion: 6 Enero 1981
Cuerpo de Decreto Ley: |
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Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 3617 que por efecto de la presente queda redactado de la siguiente forma: "Autorízase a organismos dependientes del Ministerio de Economía a contratar en forma directa con las Municipalidades, la realización de trabados de conservación, refacción o ampliación de edificios, canales de riego y otras obras, así como la construcción de obras nuevas, hasta el monto que fije el Poder Ejecutivo. Los convemos que se suscriban deberán contemplar el requerimiento y formas de prestación de apoyo técnico que en cada caso se disponga.
Firmantes: Barcena- Zone
Gestión: Oscar María Barcena (Gestion 1978-1981)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):