Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 3557
  

 

Título: PAGO EN UNA SOLA CUOTA LA INDEMNIZACION LEY 3090 A LOS AGENTES DE LA EX-DIRECCION DE ARTESANIAS

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 28 Marzo 1980

Fecha de publicacion: 2 Mayo 1980

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf

Resúmen: El personal de la ex-Dirección de Artesanías al que le sea aplicado el régimen de prescindibilidad de la Ley N° 3090 prorrogada por las Leyes Nros. 3181, 3283, 3400 y 3548 percibirá en todos los casos en una sola cuota la indemnización prevista por el Artículo 4° de la citada Ley.

 

Firmantes: BARCENA–Acuña–Goyeneche

Gestión: Oscar María Barcena (Gestion 1978-1981)

Observaciones:

   
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