Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Resolución Ministerial /

Resolución Ministerial
  
  
    

  
Detalle de la Resolución Ministerial 100
  

 

Código: R000100-2023

Título: RESOL-2023-100-E-CAT-MEC MODIFÍCASE EL ANEXO DEL DECRETO ACUERDO Nº 683/2022 - ESCALA DE VIÁTICOS Y MOVILIDAD PARA COMISIONES DE SERVICIOS

Organismo: Ministerio de Economía

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 7 Marzo 2023

Fecha de publicacion: 17 Marzo 2023

Cuerpo de Resolución Ministerial:   |       Descargar PDF

  

RESOL-2023-100-E-CAT-MEC
MODIFÍCASE EL ANEXO DEL DECRETO ACUERDO Nº 683/2022 - ESCALA DE VIÁTICOS Y MOVILIDAD PARA COMISIONES DE SERVICIOS

San Fernando del Valle de Catamarca, 7 de marzo de 2023.

    VISTO:
    El Expediente Ex - 2023-00435857- -CAT-MEC, a través del cual tramita la modificación de la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios dentro y fuera de la Provincia y Comisiones de Servicios al Exterior; y,

    CONSIDERANDO:
    Que el Decreto Acuerdo G.E. BS. Nº 1408 de fecha 27 de junio de 1985, modificado por Decreto Acuerdo G.E. BS. Nº 1112 de fecha 15 de mayo de 1987, se estableció el Régimen de Viáticos para la Administración Pública Provincial y fijó la Escala de Viáticos y Movilidad de los funcionarios y personal de la Administración por comisiones de servicios.
    Que mediante Decreto Acuerdo Nº 1005 de fecha 03 de julio de 2013, se modificó el Artículo 3° acápite 1.5 del Decreto Acuerdo G.E. BS. Nº 1408 de fecha 27 de junio de 1985, modificado por el Decreto Acuerdo G.E.B.S. Nº 1112 de fecha 15 de mayo de 1987.
    Que mediante Decreto Acuerdo Nº 1988/19 y Decreto Acuerdo Nº 2293/19, se fijaron las últimas actualizaciones de montos de la Escala de Viáticos y Movilidad de los funcionarios y personal de la Administración Pública Provincial por comisiones de servicios dentro y fuera de la provincia; y al exterior, respectivamente.
    Que por Decreto Acuerdo Nº 683 de fecha 28 de marzo de 2022, se modifica la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios dentro y fuera de la Provincia fijadas en el Decreto Acuerdo Nº 1988/19 y Decreto Acuerdo Nº 2293/19. Asimismo el artículo 4º delega a este Ministerio, la facultad de actualizar la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios dentro y fuera de la Provincia y al Exterior, cuando las circunstancias económicas-financieras lo hagan necesario.
    Que a orden 02, obra Nota identificada como NO-2023-00434940-CAT-SRF#MEC de la Secretaría de Relaciones Fiscales solicitando se gestione la modificación de la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios Dentro y Fuera de la Provincia y Comisiones de Servicios al Exterior fundamentando lo solicitado en que los últimos datos oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, correspondientes al mes de enero de 2023, la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor ascendió a 98,8%. Con este dato, por tercer mes consecutivo, tenemos variaciones interanuales en el nivel general por encima de 90%.
    Que paralelamente al proceso interno, durante el último año, se configuraron nuevas regulaciones para el consumo en moneda extranjera. Dentro de una estrategia para reforzar las reservas y conservar los dólares para la producción y el empleo del país, se fue delineando el actual Régimen de Percepción de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Dicho régimen sumado al ya instituido impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (impuesto País) implican una demanda adicional para hacer frente con los mismos montos atribuidos a la naturaleza legal que justifica el otorgamiento de la comisión de servicio a los agentes y funcionarios que en representación de la provincia cumplen labores fuera del país.
    Que la última actualización llevada a cabo en marzo de 2022, se realizó teniendo en cuenta la actualización de la variación en el Índice de Precios al Consumidor, generando una recomposición de los montos correspondientes a los viáticos diarios fuera de la provincia.
    Que atendiendo esta realidad descripta se hace imperiosa la revisión de los montos de la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicio dentro y fuera de la Provincia y Comisiones de Servicios al Exterior.
    Que a orden 04 ha tomado intervención la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de Economía a través de Dictamen DPAL-MEC Nº 058/2023 (IF-2023-00437298-CAT-DPAL#MEC), expresando que desde el aspecto legal, el Ministerio de Economía se encuentra facultado para actualizar la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios dentro y fuera de la Provincia y al Exterior, cuando las circunstancias económicas-financieras lo hagan necesario, conforme artículo 4 del Decreto Acuerdo N° 683/2022.
    Que a orden 05 la Secretaría de Presupuesto ha emitido informe IF-2023-00437304-CAT-SP#MEC, informando la disponibilidad del crédito presupuestario.
    Que corresponde establecer una nueva escala de viáticos adecuada al nivel de los precios vigentes en la actualidad.
    Que el presente instrumento se dicta en uso de las facultades conferidas al Ministerio de Economía conforme artículo 4 del Decreto Acuerdo Nº 683 de fecha 28 de marzo de 2022.
    
Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Anexo del Decreto Acuerdo Nº 683 de fecha 28 de marzo de 2022, fijándose a partir de la fecha la nueva Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios dentro y fuera de la Provincia, por los motivos expuestos en el exordio.

ANEXO I
I.- VIATICOS DIARIOS DENTRO DE LA PROVINCIA
AUTORIDADES DEL
PODER EJECUTIVO
IMPORTE POR DÍA
Gobernador, Ministros, Secretarios de Estado, Asesor
General de Gobierno, Fiscal de Estado, Secretario de Gabinete, Secretaria Privada de la Gobernación, Subsecretarios y Funcionarios de nivel equivalente, Funcionarios fuera de nivel y Personal de Gabinete.
$ 6.000.-
PERSONAL ESCALAFONADO y
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
 
Personal Escalaf onado de la Administración Pública Provincial,
Personal comprendido en Convenios Colectivos de Trabajo.
$ 6.000.-
II.- VIÁTICOS DIARIOS FUERA DE LA PROVINCIA
AUTORIDADES DEL PODER EJECUTIVO IMPORTE POR DÍA
Gobernador, Ministros, Secretarios de Estado, Asesor General de Gobierno, Fiscal de Estado, Secretario de Gabinete, Secretaria Privada de la Gobernación, Subsecretarios y Funcionarios de nivel
equivalente, Funcionarios fuera de nivel y Personal de Gabinete.
$ 6.000.-
PERSONAL ESCALAFONADO y
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
 
Personal Escalafonado de la Administración Pública Provincial.
Personal comprendido en Convenios Colectivos de Trabajo.
$ 12.000.-

ARTÍCULO 2º.- Fíjase a partir de la fecha del presente instrumento, la Escala de Viáticos y Movilidad para Comisiones de Servicios al Exterior, por los motivos expuestos en el exordio.

ANEXO II
I.- VIÁTICOS PARA COMISIONES DE SERVICIOS AL EXTERIOR
AUTORIDADES DEL PODER EJECUTIVO IMPORTE POR DÍA
EXPRESADO EN DÓLARES (*)
Gobernador, Ministros, Secretarios
de Estado, Asesor General de Gobierno, Fiscal
de Estado, Secretario de Gabinete, Secretaria
Privada de la Gobernación, Subsecretarios y
Funcionarios de nivel equivalente, Funcionarios
fuera de nivel y Personal de Gabinete.
$ USD 120
PERSONAL ESCALAFONADO y
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
Personal Escalafonado de la Administración
Pública Provincial. Personal comprendido
en Convenios Colectivos de Trabajo.
$ USD 150

* Conversión: El precio del dólar ($ UDS), estará sujeto a la cotización de la moneda extranjera al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina.
* Al agente en comisión se le entregara una tarjeta corporativa del Banco Nación Argentina o la entidad que en el futuro sea Agente Financiero de la Provincia, a los efectos de la acreditación efectiva del viático correspondiente.

 

ARTÍCULO 3°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles, Ministerio de Economía, Ministerio de Vivienda y Urbanización, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos, Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, Ministerio de Minería, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Cultura, Turismo y Deporte, Ministerio de Ciencia e Innovación Tecnológica, Ministerio de Integración Regional, Logística y Transporte, Secretaría de Estado de Gabinete, Fiscalía de Estado, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.

Alejandra Nazareno
Ministra de Economía

 

Firmantes: Nazareno

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Gestión:

Boletín: Boletin Oficial 22/2023

Derogada por: Este resolucion no ha sido derogada Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Sin resolucions modificadas

  • Sin resoluciones derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados