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Detalle del Decreto Acuerdo 1375
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1375 RATIFÍCASE LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL EN BASE A LOS ÍNDICES DE INFLACIÓN DEL AÑO 2018 PARA LOS EMPLEADOS DE LA CARRERA SANITARIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 26 Julio 2019

Fecha de publicacion: 1 Oct. 2019

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Decreto Acuerdo Nº 1375

RATIFÍCASE LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL EN BASE A LOS ÍNDICES DE INFLACIÓN DEL AÑO 2018 PARA LOS EMPLEADOS DE LA CARRERA SANITARIA

San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Julio de 2019.

VISTO:
El Decreto Acuerdo Nº 149 de fecha 15 de febrero de 2019 y el Expediente S Nº 13175/2019 por el cual el Ministerio de Hacienda y Finanzas gestiona la ratificación de la actualización salarial en base a los índices de Inflación del año 2018 para los empleados de la Carrera Sanitaria –Ley 5161; y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo Nº 149/2019 se fijó la pauta salarial para los empleados de la Carrera Sanitaria –Ley 5161 acordada para el Año 2018.

Que por el Decreto antes mencionado se realizó un incremento salarial para el personal comprendido de la Carrera Sanitaria – Ley 5161, consistente en un Diecisiete con cincuenta centésimos por Ciento (17,50%) sobre los importes vigentes a Abril de 2018 aplicado en dos (2) cuotas no acumulables del Diez por Ciento (10%) a partir de Mayo 2018 y del Siete con cincuenta Centésimos por Ciento (7,50%) a partir de Julio de 2018.

Que a fs. 04/07 el Ministerio de Hacienda y Finanzas solicita la ratificación de la actualización salarial según el índice de Precios al Consumidos publicado por el INDEC en el porcentaje que supere la pauta salarial fijada por Decreto Acuerdo Nº 149/2019, en virtud de lo oportunamente acordado con las entidades gremiales.

Que, a consecuencia de lo expresado en el Considerando anterior, a fs. 04/07 el Ministerio de Hacienda y Finanzas solicita la ratificación de la actualización salarial para el personal comprendido en la Carrera Sanitaria – Ley 5161 en el Valor del Punto índice para la determinación de las remuneraciones y de todootro adicional, complemento, suma fija y/o bonificaciónde carácter general, particular, específico y/o por funciónsean éstos de carácter remunerativo o no, consistente enun Veintiuno por Ciento (21%) adicional a lo establecidopor Decreto Acuerdo Nº 150/2019, sobre los importesvigentes a Abril de 2018 aplicados en cuatro (4) cuotasno acumulables del Tres por Ciento (3%) a partir deSetiembre de 2018, del Tres con Cincuenta y cincocentésimos por Ciento (3,55%) a partir de Octubre 2018, del Seis con sesenta y cinco centésimos por Ciento(6,65%) a partir de Noviembre 2018 y del Siete conochenta Centésimos por Ciento (7,80%) a partir deDiciembre de 2018. Que de los análisis realizados por los organismostécnicos surge que es factible ratificar la actualizaciónsalarial solicitada por el Ministerio de Hacienda yFinanzas para el personal comprendido en la CarreraSanitaria –Ley 5161.

Que de los análisis realizados por los organismostécnicos surge que es factible fijar la AsignaciónRemunerativa No Bonificable implementada por el Artículo 5º del Decreto Acuerdo Nº 894/2008 en $ 3.605para los Grupos A, B y C, y en $ 3.275 para el Grupo Da partir del 1º de Setiembre de 2018, en $ 3.729, para losGrupos A, B y C y en $ 3.388 para el Grupo D a partirdel 1º de Octubre de 2018, en $ 3.962 para los GruposA, B y C y en $ 3.600 para el Grupo D a partir del 1º deNoviembre de 2018 y en $ 4.235 para los Grupos A, By C y en $ 3.848 para el Grupo D a partir del 1º deDiciembre de 2018. Que a fs. 08/09 en IF-20149-00124107-CATSSRH#SSG, ha tomado intervención Asesoría deGabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos yGestión Pública mediante Dictamen S.S.R.H. y G.P. Nº400/2019.

Que a fs. 14/15 en PV- 2019-00128756-CATSSRHG #SSG la Subsecretaría de Recursos Humanos yGestión Pública ha emitido informe de costo del incremento salarial por el que se solicita su ratificación.

Que a fs. 16 el Ministerio de Hacienda y Finanzas através de la Subsecretaría de Presupuesto tomaintervención mediante Nota Nº IF-2019-00132467-CAT-DECP #SSP de fecha 13 de mayo de 2019.

 Que a fs., 20/23 toma intervención Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen AGG. Nº 897/19 manifestando que conforme al Artículo 149º inc. 10 de la Constitución de la Provincia corresponde al Poder Ejecutivo fijar la política salarial en el área de su competencia no formulando objeciones al dictado del presente Instrumento Legal.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el incremento otorgado en el Valor del Punto índice para la determinación de las remuneraciones del personal comprendido en la Ley 5161 Carrera del Personal Sanitario consistente en un Veintiuno por Ciento (21%) adicional a lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Acuerdo Nº 149/2019, aplicados en cuatro (4) cuotas no acumulables del Tres por Ciento (3%), a partir del 1º de Setiembre de 2018, del Tres con Cincuenta y cinco centésimos por Ciento (3,55%) a partir del 1º de Octubre 2018, del Seis con sesenta y cinco centésimos por Ciento (6,65%) a partir del 1º de Noviembre 2018 y del Siete con ochenta centésimos por Ciento (7,80%) a partir del 1º de Diciembre de 2018, fijándose en PESOS SEIS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ( $ 6,39) a partir de Setiembre 2018, en PESOS SEIS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6,58) a partir de Octubre 2018, en PESOS SEIS CON NOVENTA Y CUATRO ($ 6,94) a partir de Noviembre 2018 y en PESOS SIETE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 7,35) a partir de Diciembre de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Ratifícase la modificación de los montos de la Asignación Remunerativa No Bonificable implementada por el Artículo 5º del Decreto Acuerdo Nº 894/2008, sus complementarios y modificatorios, la cual queda fijada según el Anexo I que forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 3°.- Ratifícase las reestructuracionespresupuestarias realizadas por el Ministerio de Hacienday Finanzas a través de la Subsecretaría de Presupuesto aefectos de dar cumplimiento a las medidas establecidasen el presente instrumento legal.

ARTÍCULO 4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Administración General de Asuntos Previsionales, Subsecretaría de RecursosHumanos y Gestión Pública, Dirección Provincial deRecursos Humanos, Dirección Provincial de Gestión dela Información, UPE Centro Control del Gasto enPersonal.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

ANEXO I
PODER EJECUTIVO CARRERA DEL PERSONAL SANITARIO - LEY 5161

Asignación Remunerativa No Bonificable implementada por el Artículo 5º del Decreto Acuerdo Nº 894/2008

Vigente a partir del 1° de Setiembre, 1° de Octubre, 1º de Noviembre y 1° de Diciembre de 2018

 

GRUPO  Montos vigentes a partir del 1° de Septiembre de 2018 Montos vigentes a partir del 1° de Octubre de 2018 Montos vigentes a partir del 1° de Noviembre de 2018 Montos vigentes a partir del 1° de Diciembre de 2018
Grupo A $ 3.605,00 $ 3.841 $ 3.962 $ 4.235
Grupo B $ 3.605,00 $ 3.841 $ 3.962 $ 4.235
Grupo C $ 3.605,00 $ 3.841 $ 3.962 $ 4.235
Grupo B $ 3.275,00 $ 3.490 $ 3.600 $ 3.848

 

Nota: Anexo para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Rivera - Veliz-Zelarayán-Figueroa Castellanos-Dusso -Menecier- Dalla Lasta

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial N°79/2019

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