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Título: Promulga Ley 5846
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 15 Julio 1900
Fecha de publicacion: 19 Julio 2024
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de 2024.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por Ley de la Provincia la precedente sanción.
ARTÍCULO 2°.- El presente Instrumento legal será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Economía y de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos.
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Registrada con el N° 5846
Firmantes: JALIL-Avila-Soria-Nazareno
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-
Observaciones: