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Título: Promulga Ley 5847
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Julio 2024
Fecha de publicacion: 2 Ago. 2024
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de julio de 2024
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por Ley de la Provincia la precedente sanción.
ARTÍCULO 2°.- El presente Instrumento legal será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Economía y de Inclusión Digital y Sistemas Productivos.
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y Archívese.
Registrada con el N° 5847
Firmantes: JALIL-Ávila-Nazareno-Miranda
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil -2da Gestión-
Observaciones: