Digesto Legislativo Provincial

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Decreto Ley
    

  
Detalle de Decreto Ley 2420
  

 

Título: MORATORIA IMPOSITIVA - MODIFICACION Y ALCANCES

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 2 Nov. 1971

Fecha de publicacion: 19 Nov. 1971

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Decreto Ley Nº 2420
MORATORIA IMPOSITIVA - MODIFICACION Y ALCANCES

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase comprendido dentro del régimen de la Ley 2412 de Moratoria Impositiva a los contribuyentes del impuesto a la Transmisión Gratuita de  bienes determinados en el Título Segundo de Capítulo I del Código Fiscal vigente (Decreto- Ley), cuya aplicación se ajustará a la reglamentación establecida para las demás impuesto en el Decreto 873/71.

ARTÍCULO 2.- Modifícase el Artículo 3 de la Ley  2412 quedando redactado de la siguiente forma:  “La regularización de las obligaciones fiscales autorizadas por esta Ley, comprende los impuesto, tasas y contribuciones determinadas en el Artículo 1 y cuyo vencimiento se operan hasta el 30 de noviembre del año en curso, y estarán sujetos a la alicuota del impuesto vigente en cada año que se reajuste o presente, respecto a los impuesto Inmobiliario, Automotores, Impuestos para el Fomento del Turismo, Sellos y Tasas Bromatológicas y Lucrativas establécese la tasa básica del 8 0/00 (ocho por mil) que se aplicará en la forma legislada para cada año de presentación.”

ARTICULO 3.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.-

FIRMANTES: PERNASETTI – CASAS NOBLEGA.

 

Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega

Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 93/1971

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