Inicio / Ley
Título: «MODIFICACIÓN DEL MONTO ASIGNADO A LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTE CON ACCESO Y DEFENSA DE MÁRGENES EN LA AVENIDA CAMINO DE LA VIRGEN EN EL CRUCE SOBRE EL RÍO DEL VALLE DEPARTAMENTO VALLE VIEJO»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 8 Julio 2021
Fecha de publicacion: 23 Julio 2021
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase el monto asignado a la obra: «Construcción de Puente con Accesos y Defensas de Márgenes en la Avenida Camino de la Virgen en el cruce sobre el Río Del Valle, Dptos. Valle Viejo/Capital - Catamarca» incorporada al Anexo de la Ley N° 5.684 mediante Decreto Acuerdo N° 474 de fecha 11 de Marzo de 2021, el que quedará fijado en la suma de pesos doscientos millones con 00/100 ($ 200.000.000).
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a aprobar y suscribir el Convenio de Asistencia Financiera para la Construcción de Puente con Accesos y Defensas de Márgenes en la Avenida Camino de la Virgen en el cruce sobre el Río Del Valle, Dptos. Valle Viejo/Capital - Catamarca con el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FFFIR) por la suma pesos doscientos millones con 00/100 ($ 200.000.000).
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a través de la Subsecretaría de Presupuesto dependiente de la Secretaría de Finanzas Públicas, a realizar una Reestructuración del Plan de Obras autorizado para Endeudamiento («Detalles de Necesidad de Financiamiento») que fuera incorporada en/la; Planilla Anexa a la Ley N° 5.684 de Presupuesto Provincial para el Ejercicio Financiero 2021.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda Pública a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley.
ARTÍCULO 5°.- De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DELAÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Registrada con el N° 5703
SEÑORES LEGISLADORES:
El presente proyecto de ley tiene como objetivo ampliarelmontoasignadoalaobra: CONSTRUCCIÓN DE PUENTE CON ACCESOS Y DEFENSAS DE MARGENES EN LAAVENIDA CAMINO DE LA VIRGEN EN EL CRUCE SOBRE EL RIO DEL VALLE, DPTOS,VALLE VIEJO/CAPITAL - CATAMARCA, incorporada al Anexo de la Ley N° 5684 mediante DecretoAcuerdo N° 474 de fecha 11 de Marzo de 2021.
El Artículo 27 de la Ley N° 5684 autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a realizar operaciones de crédito público adicional al autorizado, hasta la suma de PESOS SEIS MIL MILLONES ($ 6.000.000.000,00) o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar la ejecución de proyectos detallados en la planilla anexa al instrumento, quedando facultado a reestructurar y/o modificar las partidas específicas conforme resulte necesario.
Que mediante Decreto Acuerdo N° 474 de fecha 11 de Marzo de 2021, emitido en los términos del Artículo 184 de la Constitución Provincial, se incorporó al Anexo de la Ley N° 5684 la obra: OBRA SAF: 53: «CONSTRUCCIÓN DE PUENTE CON ACCESOS Y DEFENSAS DE MARGENES EN LA AVENIDA CAMINO DE LA VIRGEN EN EL CRUCE SOBRE EL RIO DEL VALLE, DPTOS. VALLE VIEJO/CAPITAL - CATAMARCA con presupuesto de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CONDOCE CENTAVOS (S 168.203.593,12).
El proyecto de la obra incorporada consiste en la construcción de un Puente con Accesos y Defensas de Márgenes en la Avenida Camino de la Virgen en el cruce sobre el Río del Valle, comprendido entre los Dpto. Capital y Dpto. Valle Viejo, uniendo la Ruta Nacional 38 (Avda. Presidenta Castillo) con la Ruta Provincial N° 41 (Avda. Padre Esquiú).
El principal motivo por el cual se pretende ejecutar esta obra, es la importancia que representará para el desarrollo social, económico, productivo y cívico administrativo del área de influencia (entre los Departamentos: Capital - Valle Viejo - Capayán - Fray Mamerto Esquiú - Ambato).
El reemplazo del actual badén, que se encuentra sobre el Río del Valle, encuentra fundamento también en que en épocas estivales, donde se producen fuertes precipitaciones, el tránsito se ve interrumpido entre la Capital y las localidades de los Departamentos Valle Viejo, F.M Esquiú, Ambato y Capayán respectivamente. Los valores de caudales considerados para la verificación de la sección hidráulica del puente proyectado se obtuvieron del informe «Estudio de líneas de riveras y conexas en el Río del Valle» proporcionado por la Dirección Provincial de Hidrología y Evaluación de Recursos.
Asimismo, se adoptó el valor de Caudal Máximo probable para una recurrencia de 200 años, Q=800 m3/seg.
Es por ello que a los efectos de llevar adelante la obra referenciada, teniendo presente la importancia que la misma representa, se solicita a los Señores Legisladores, la ampliación del monto que podrá asignarse para su ejecución, teniendo presente que el financiamiento se realiza a través del Fondo Fiduciario Federal de infraestructura Regional (FFFIR) en virtud de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo en los términos del Artículo 27 de la Ley 5684.
Por esta razón y las vertidas en precedente confiamos que el presente proyecto, tendrá sanción de ley.
Dios Guarde a los Señores Legisladores.
Firmantes: GUERRERO GARCIA-VERA-Varela-Herr
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: Incorporarse al Anexo de la Ley N°5684
Decreto de Reglamentación (0):