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Título: MODIFICACIÓN DE LA LEY PROVINCIAL N° 5.200, LEY QUE INCORPORA LA OBESIDAD COMO ENFERMEDAD EN EL SISTEMA PÚBLICO Y PRIVADO DE SALUD DE LA PROVINCIA, ADICIÓNESE EL ARTICULO 5 BIS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 16 Junio 2021
Fecha de publicacion: 30 Julio 2021
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Ley 5200, incorporándose como Artículo 5° bis el siguiente texto, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
«ARTICULO 5° Bis.- Los Centros Hospitalarios del sistema público y privado de salud de la Provincia, deberán contar entre su equipamiento como mínimo con lo siguiente:
a.- Una (1) cama especial apta para soportar el Kilaje de pacientes con obesidad mórbida y poseer un colchón acorde al tamaño de la cama con capacidad de evitar la formación de ulcera su otras lesiones de piel por presión. Las camas deberán cumplir con la normativa vigente para la fabricación y/o distribución de estos productos médicos según la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T).
b.- Una (1) camilla de traslado para obesos;
c.- Una (1) silla de ruedas especial para esta patología.»
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, Publíquese, cumplido,Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Registrada con el N° 5695
Firmantes: GUERRERO GARCIA-VERA-Peralta-Dre
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: Modificase la Ley N°5200
Decreto de Reglamentación (0):