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Título: ESCALAFON GENERAL LEY 3198 INCORPORANSE AL ARTICULO 49 º BIS MODIFICADO POR LEY 3658 REPARTICIONES Y PROFESIONES QUE CUMPLAN FUNCIONES DE ANALISTAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Set. 1983
Fecha de publicacion: 2 Dic. 1983
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ARTICULO 1.- Incorporar al artículo 49 bis de la Ley 3198, modificado por la Ley 3658, a las siguientes reparticiones y profesiones en tanto quienes las desempeñen ejerzan funciones de Analista, cargo creado por Ley Nº 3947:
REPARTICION:
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RURALES
TITULO PROFESIONAL:
- Ingeniero Agrónomo;
- Contador Público Nacional.
REPARTICION:
DIRECCION DE INDUSTRIA Y COMERCIO
TITULO PROFESIONAL:
- Contador Público Nacional, Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas, Ingeniero Químico, Ingeniero Industrial, Ingeniero Electromecánico, Ingeniero de Minas, Químicos Industriales, Abogados.
REPARTICION:
MINISTERIO DE ECONOMIA
(Asesoría de Gabinete)
TITULO PROFESIONAL:
- Profesionales universitarios con títulos indicados para Subsecretaría de Asuntos Rurales y Dirección de Industria y Comercio.
ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CASTILLO-Nieva
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):